La reciente Ordenanza n. 16071 del 10 de junio de 2024, emitida por la Corte de Casación, ofrece importantes reflexiones sobre la cuestión del arbitraje y la renuncia a la jurisdicción del Estado. Este pronunciamiento se inserta en un contexto jurídico en el que las partes pueden optar por resolver sus controversias a través de instrumentos de naturaleza privatista, como el arbitraje, en lugar de recurrir a los tribunales ordinarios. La Corte, presidida por R. M. D. V. y con ponente C. A., desestimó las solicitudes presentadas por C. (M. R.) contra M., aclarando los límites y las implicaciones legales de dicha elección.
En el contexto del arbitraje, la devolución de la controversia a los árbitros se considera una auténtica renuncia al ejercicio de la acción judicial. Esto significa que las partes, al optar por resolver su controversia en sede arbitral, deciden excluir la jurisdicción estatal, recurriendo a un sistema de resolución de controversias que presenta características privatistas. La Corte subrayó que dicha elección no está exenta de consecuencias, ya que implica un análisis exhaustivo de la validez del compromiso o de la cláusula compromisoria.
Devolución de la controversia a árbitros - Renuncia a la jurisdicción del Estado - Cuestión relativa - Inerencia al mérito - Consecuencias - Excepción de compromiso - Naturaleza jurídica - Excepción en sentido propio. En materia de arbitraje, al configurarse la devolución de la controversia a los árbitros como renuncia al ejercicio de la acción judicial y a la jurisdicción del Estado, a través de la elección de una solución de la controversia con un instrumento de naturaleza privatista, la excepción relativa da lugar a una cuestión de mérito que concierne a la interpretación y validez del compromiso o de la cláusula compromisoria, y constituye una excepción propia y en sentido estricto que tiene por objeto la exposición de un hecho impeditivo del ejercicio de la jurisdicción estatal, con la consecuencia de que debe ser propuesta por las partes en los plazos y formas propios de las excepciones de mérito.
Las implicaciones de la sentencia son múltiples y de gran relevancia para las partes involucradas en controversias que pueden resolverse a través del arbitraje. Entre los puntos principales destacan:
En conclusión, la Ordenanza n. 16071 de 2024 proporciona una importante interpretación del papel del arbitraje en el sistema jurídico italiano. La Corte de Casación ha aclarado que la devolución de la controversia a los árbitros no es solo una elección procedimental, sino que implica una renuncia sustancial a la jurisdicción estatal. Por lo tanto, es fundamental que las partes sean conscientes de las consecuencias legales de dicha elección y que actúen con la debida atención en la formulación de sus excepciones. Este pronunciamiento no solo refuerza el principio de la autonomía de las partes en la resolución de sus controversias, sino que también reitera la importancia de respetar los procedimientos establecidos para garantizar la validez de las cláusulas compromisorias.