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Premio de natalidad y derechos de las ciudadanas extranjeras: comentario a la sentencia n.º 10728 de 2024. | Bufete de Abogados Bianucci

Premio por nacimiento y derechos de ciudadanas extracomunitarias: comentario a la sentencia n. 10728 de 2024

La sentencia n. 10728 del 22 de abril de 2024 representa una importante resolución de la Corte de Casación en relación con el premio por nacimiento, un beneficio económico destinado a familias con recién nacidos. Esta disposición tiene un impacto significativo, especialmente para las ciudadanas extracomunitarias, en cuanto a los requisitos necesarios para acceder a esta ayuda. La Corte ha establecido que las circulares del INPS que exigían un permiso de residencia UE para el reconocimiento del premio deben considerarse ilegítimas.

El contexto normativo

El premio por nacimiento está regulado por el artículo 1, apartado 353, de la ley n. 232 de 2016, que prevé un apoyo económico para las familias con un nuevo nacido. Sin embargo, la cuestión se complica cuando se trata de ciudadanas extracomunitarias sin permiso de residencia. Hasta la sentencia en cuestión, existían incertidumbres relativas a la posibilidad de acceso a este beneficio para las mujeres en esta condición.

Premio por nacimiento ex art. 1, apartado 353, l. n. 232 de 2016 ratione temporis vigente - Ciudadana extracomunitaria sin permiso de residencia UE para residentes de larga duración - Procedencia - Circulares INPS nn. 39 y 61 de 2017 que exigen dicho permiso - Ilegitimidad - Existencia. El premio por nacimiento de que trata el art. 1, apartado 353, l. n. 232 de 2016, ratione temporis vigente, corresponde a las ciudadanas extracomunitarias incluso si carecen de permiso de residencia UE para residentes de larga duración, debiendo considerarse ilegítimas las circulares INPS nn. 39 y 61 de 2017 que exigen dicho permiso como requisito para el reconocimiento del premio.

Las implicaciones de la sentencia

La decisión de la Corte de Casación tiene importantes implicaciones prácticas y sociales. En primer lugar, afirma el principio de igualdad de acceso a los derechos sociales, independientemente de la nacionalidad o la condición de residencia. Esto representa un paso adelante hacia una mayor inclusión de las familias migrantes en el tejido socioeconómico italiano.

  • El reconocimiento del premio por nacimiento para las ciudadanas extracomunitarias sin permiso de residencia favorece una mayor dignidad para las madres y sus hijos.
  • La sentencia revierte la interpretación restrictiva de las circulares del INPS, que limitaban el acceso a un derecho fundamental.
  • Representa un precedente importante para futuras cuestiones legales relativas a los derechos de las personas migrantes.

Conclusiones

En conclusión, la sentencia n. 10728 de 2024 no solo aclara los derechos de las ciudadanas extracomunitarias en relación con el premio por nacimiento, sino que también marca una victoria para los principios de justicia social e igualdad. Es fundamental que las instituciones continúen promoviendo políticas inclusivas que garanticen a todos los ciudadanos, independientemente de su origen, el acceso a los derechos fundamentales. La esperanza es que esta resolución pueda influir positivamente en la legislación y la práctica administrativa, garantizando un futuro más equitativo para todas las familias.

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