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La Corte di Cassazione y la adopción: análisis de la ordenanza n. 29685 de 2024. | Bufete de Abogados Bianucci

La Casación y la adopción: análisis de la providencia n.º 29685 de 2024

La reciente providencia n.º 29685 del 19 de noviembre de 2024 de la Corte de Casación ha proporcionado importantes aclaraciones respecto al derecho de los ascendientes a mantener relaciones significativas con los nietos menores de edad. Este caso, que involucró a una abuela paterna, A.A., puso de manifiesto las delicadas dinámicas familiares y la importancia de tutelar el interés superior del menor, como está previsto en la normativa italiana y en las convenciones europeas.

El contexto de la sentencia

La Corte de Apelación de L'Aquila había desestimado inicialmente el recurso de A.A., sosteniendo que no existían los presupuestos para garantizar una sana relación entre abuela y nietos. Los menores, E.E. y F.F., habían expresado el deseo de no encontrarse con la abuela, debido a episodios pasados que habían minado su relación. La Corte, en su decreto, destacó cómo el derecho de los ascendientes a mantener relaciones con los nietos no es incondicional, sino que debe estar siempre subordinado al interés del menor.

El derecho de los ascendientes a mantener relaciones significativas con los nietos menores de edad es funcional al interés de estos últimos y presupone una relación positiva, gratificante y satisfactoria para cada uno de ellos.

Principios de derecho e intereses del menor

La Corte de Casación reiteró principios ya expresados en pronunciamientos anteriores, subrayando que el mantenimiento de relaciones significativas debe derivar de una relación positiva y no de coerción. Según el art. 317 bis del Código Civil italiano, el derecho de los ascendientes a mantener relaciones con los nietos está subordinado a una evaluación concreta del interés del menor. En este caso, la Corte consideró que no había motivos suficientes para garantizar encuentros entre A.A. y los nietos, debido al conflicto existente entre las partes y a las evidentes preferencias manifestadas por los menores.

  • El derecho de los ascendientes está subordinado al interés del menor.
  • Las relaciones deben ser positivas y gratificantes.
  • No es admisible forzar encuentros contra la voluntad de los menores.

Conclusiones

El pronunciamiento de la Casación marca un paso importante en la tutela de los derechos de los menores y en la gestión de las relaciones familiares. Invita a considerar el bienestar de los menores como prioridad absoluta, evitando imposiciones y coerciones que podrían perjudicar su desarrollo psicoemocional. La sentencia n.º 29685 de 2024 nos recuerda que las relaciones familiares deben construirse sobre bases de respeto y espontaneidad, para que puedan contribuir realmente al bienestar de los menores.

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