La relación entre el hombre y el animal doméstico, en particular el perro, es a menudo fuente de gran afecto y compañía. Sin embargo, la tenencia de un animal también conlleva precisas responsabilidades legales, que la jurisprudencia italiana no deja de reiterar. Un ejemplo palpable nos lo ofrece la reciente sentencia de la Corte de Casación n. 9620, depositada el 10 de marzo de 2025, que abordó el delicado tema de las lesiones personales culposas derivadas de la falta de custodia de un perro. Esta resolución ofrece puntos de partida fundamentales para comprender las obligaciones de los propietarios y las consecuencias en caso de incumplimiento, sirviendo de advertencia para una gestión consciente y segura de nuestros amigos de cuatro patas.
La vicenda judicial que condujo a la sentencia n. 9620/2025 tuvo como imputada a F. A., acusada de lesiones personales culposas. El Tribunal de Roma había emitido una decisión, luego anulada con reenvío por la Suprema Corte. Esta anulación subraya la importancia de los principios jurídicos en juego y la necesidad de una correcta aplicación de las normas que regulan la responsabilidad del tenedor de animales. La Casación, de hecho, no se limitó a una evaluación formal, sino que quiso reafirmar con claridad los presupuestos de la "posición de garantía" que recae sobre quienquiera tenga un perro bajo su custodia.
El corazón de la decisión de la Casación reside en la reafirmación de la "posición de garantía" asumida por el tenedor de un perro. Esta posición no es un concepto abstracto, sino que deriva de un conjunto de normas y principios que imponen un deber de protección hacia terceros. El Código Penal, en los artículos 590 (Lesiones personales culposas) y 672 (Omisión de custodia y mal gobierno de animales), proporciona el marco normativo de referencia. A estos se suman las Órdenes del Ministerio de Salud, como las del 3 de marzo de 2009, del 6 de agosto de 2013 y del 6 de agosto de 2024, que integran las "reglas de cautela deducibles de las máximas de experiencia".
Estas disposiciones no dejan lugar a dudas: quien tiene un perro tiene la obligación de adoptar toda la cautela necesaria para prevenir agresiones. Esto significa:
La sentencia en cuestión, citando precedentes conformes (como la n. 31874 de 2019 y la n. 18814 de 2012), evidencia cómo la responsabilidad no se limita a los casos de "perros peligrosos", sino que se extiende a cualquier ejemplar cuya conducta, si no se controla, pueda causar daños. Es la tenencia misma la que genera el deber de garantía.
Para comprender plenamente el alcance de la sentencia, es fundamental analizar la máxima que resume sus principios:
En materia de lesiones culposas, la posición de garantía asumida por el tenedor de un perro, que también deriva de las órdenes del Ministerio de Salud del 3 de marzo de 2009, del 6 de agosto de 2013 y del 6 de agosto de 2024, integradoras de las reglas de cautela deducibles de las máximas de experiencia, impone la obligación de controlar y custodiar al animal, mediante la adopción de toda cautela tendente a evitar y prevenir las posibles agresiones hacia terceros.
Esta máxima cristaliza un principio fundamental del derecho penal y civil: la responsabilidad por las acciones de los propios animales. La Corte subraya que la "posición de garantía" no es solo una construcción jurídica, sino un deber concreto que impone al tenedor actuar activamente para prevenir eventos dañosos. Las órdenes ministeriales citadas no son meras sugerencias, sino verdaderas "reglas de cautela" que se suman al sentido común y a la experiencia común. Esto significa que el propietario no puede invocar la imprevisibilidad del comportamiento del animal si no ha adoptado todas las medidas preventivas razonablemente exigibles. La falta de observancia de tales obligaciones puede configurar la culpa, con consecuencias penales (como en el caso de las lesiones culposas ex art. 590 c.p.) y civiles (indemnización por daños).
La sentencia de la Casación n. 9620/2025 reafirma con fuerza un principio de civilidad jurídica: la tenencia de un animal comporta una responsabilidad activa y constante. No se trata solo de cumplir un deber legal, sino de garantizar la seguridad de la comunidad y el bienestar del propio animal. Los propietarios de perros están llamados a una vigilancia atenta y escrupulosa, que incluya no solo el control físico del animal, sino también el conocimiento de sus necesidades y de su temperamento. La prevención es la única vía para evitar desagradables accidentes y las consiguientes repercusiones legales. Para las víctimas de agresiones, esta sentencia refuerza la posibilidad de obtener justicia y la indemnización de los daños sufridos, subrayando la importancia de recurrir a profesionales legales para hacer valer sus derechos.