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Divorcio y Pensión Alimentaria: Comentario a la Sentencia Cass. Civ., Ord. n. 31564/2024 | Bufete de Abogados Bianucci

Divorcio y Pensión Alimenticia: Comentario a la Sentencia Cass. Civ., Ord. n. 31564/2024

La reciente ordenanza de la Corte de Casación, n. 31564 de 2024, aborda un tema crucial en el derecho de familia: la obligación de manutención para los hijos mayores de edad y las responsabilidades correspondientes. La decisión pone de relieve no solo el deber de los padres de sostener económicamente a sus hijos, sino también la importancia de la prueba de la autosuficiencia económica por parte de los propios hijos.

Contexto de la Sentencia

El caso se origina en un recurso presentado por A.A. y B.B. para la revisión de las condiciones de divorcio, en particular en lo que respecta a la pensión alimenticia a favor de los hijos D.D. y E.E. La Corte de Apelación de Bari había inicialmente aceptado la solicitud de revocación de las cargas económicas por parte del padre, argumentando que el incumplimiento del pago de las tasas universitarias no era la única causa de la no finalización de los estudios por parte de E.E.

La responsabilidad de la no finalización del itinerario de estudios por parte de E.E. se ha atribuido no solo al incumplimiento del padre, sino también a la inercia culpable del propio hijo.

El padre, de hecho, continuó pagando la pensión alimenticia y las tasas universitarias, pero se encontró ante la inercia de E.E., que no ha realizado exámenes desde 2017. La Corte consideró, por lo tanto, que la obligación de manutención no podía perdurar indefinidamente sin un compromiso concreto por parte del hijo.

Principios Jurídicos Subyacentes

La Corte de Casación reiteró que la manutención para los hijos mayores de edad debe estar justificada por una efectiva incapacidad económica. Entre los puntos clave destacan:

  • La carga de la prueba recae sobre el progenitor que solicita la revocación de la pensión alimenticia.
  • El hijo mayor de edad debe demostrar que se le han brindado las condiciones para ser económicamente autosuficiente.
  • El comportamiento del progenitor debe ser evaluado en el contexto del compromiso del hijo en la finalización del itinerario formativo.

En este caso, la Corte destacó que el padre había cumplido sus obligaciones de manutención hasta 2017, y que la no finalización de los estudios por parte de E.E. no podía atribuirse exclusivamente al incumplimiento paterno.

Conclusiones

La sentencia n. 31564/2024 de la Corte de Casación plantea una importante reflexión sobre las responsabilidades individuales en el contexto de la manutención de los hijos mayores de edad. Es fundamental que los hijos demuestren un compromiso activo en su itinerario de estudios y que los padres cumplan sus obligaciones, pero la responsabilidad no puede recaer únicamente sobre ellos. Esta decisión invita a una mayor conciencia en las dinámicas familiares y en las relaciones post-divorcio, subrayando la importancia de un equilibrio entre derechos y deberes.

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