La reciente ordenanza de la Corte de Casación, n. 28551 del 13 de octubre de 2023, aborda el delicado tema del reconocimiento de la paternidad y las consecuencias legales asociadas. La decisión se enmarca en un contexto jurídico complejo, donde la prueba de la procreación y las responsabilidades económicas de los progenitores son el centro del debate legal.
El caso en cuestión surge de un recurso de A.A. contra la sentencia de la Corte de apelación de Salerno que había reconocido la paternidad respecto de B.B. y había establecido una pensión de mantenimiento. La Corte reiteró que la declaración de paternidad no puede basarse únicamente en una prueba de ADN, sino que debe considerar también otros elementos probatorios, como la relación entre los progenitores y el conocimiento de la procreación.
La Corte de instancia subrayó que la declaración judicial de paternidad se basa en pruebas de gravedad, precisión y concordancia.
La sentencia aborda importantes cuestiones jurídicas relativas al ilícito intrafamiliar y la responsabilidad económica del progenitor. En particular, la Corte aclara que la conciencia de la procreación es fundamental para atribuir responsabilidad al progenitor no reconociente. Además, la pensión de mantenimiento debe ser proporcional a las capacidades económicas de los progenitores y a las necesidades reales de sustento del hijo.
Esta ordenanza de la Casación representa un paso significativo en la protección de los derechos de los menores y en la definición de las responsabilidades parentales. Reconocer el derecho a la paternidad no es solo un acto formal, sino que implica también deberes económicos y afectivos que los progenitores deben respetar. La sentencia invita a una profunda reflexión sobre la importancia de garantizar un apoyo adecuado a los hijos, tanto desde el punto de vista económico como relacional.