La reciente ordenanza n.º 9353, de 8 de abril de 2024, emitida por la Corte de Casación, ofrece una importante reflexión sobre el tema de la asunción negociada de deuda tributaria. En este artículo, analizaremos los puntos clave de la sentencia y su impacto en la normativa fiscal italiana, aclarando los derechos y deberes de las partes involucradas en tales acuerdos.
El caso en cuestión enfrentó a D. (C. G.) y a la Abogacía General del Estado, en relación con la cuestión de la recaudación de tributos fiscales directos. La Corte estableció que la asunción negociada de deuda tributaria es relevante exclusivamente entre las partes, limitando así los poderes de la Administración financiera. En particular, el ente no puede ejercer comprobaciones ni cobros contra el asumidor, sino solo contra el asumido.
TRIBUTOS ANTERIORES A LA REFORMA DE 1972 - EN GENERAL Recaudación - Asunción negociada de deuda tributaria - Comprobación y cobro contra el asumidor - Exclusión - Fundamento. En materia de recaudación, la asunción negociada de deuda tributaria, mediante la cual una parte se obliga a mantener indemne a la otra de toda pretensión fiscal, es relevante exclusivamente entre las partes, por lo que la Administración financiera no puede ejercer los poderes de comprobación y cobro contra el asumidor, sino solo contra el asumido, obligado por ley a satisfacer el crédito fiscal por su calidad de sujeto pasivo del tributo.
Esta sentencia conlleva diversas implicaciones significativas:
La sentencia n.º 9353 de 2024 representa un importante paso adelante en la definición de los límites de la asunción negociada en materia fiscal. No solo aclara los derechos y deberes de las partes involucradas, sino que también ofrece una tutela fundamental para el asumidor, limitando los poderes de la Administración financiera. En un contexto en el que las cuestiones fiscales son cada vez más complejas, esta decisión proporciona una valiosa referencia para profesionales y contribuyentes, reiterando la importancia de una correcta interpretación de las normas en materia de tributos.