La reciente sentencia n.º 39179, de 13 de junio de 2023, depositada el 27 de septiembre de 2023, ofrece importantes reflexiones sobre los mecanismos de embargo probatorio y la restitución de los bienes sometidos a él. El Tribunal anuló con reenvío la orden del Juez de Instrucción del Tribunal de Biella, poniendo de relieve aspectos cruciales relativos a las prescripciones que pueden imponerse en el momento de la restitución.
El núcleo de la cuestión se encuentra en el artículo 85 de las disposiciones de aplicación del código de procedimiento penal, que establece que la restitución de bienes sometidos a embargo probatorio solo puede realizarse a condiciones que sean coherentes con la naturaleza y el contenido de dicho embargo. El Tribunal aclaró que las prescripciones deben orientarse a perseguir las mismas finalidades del embargo probatorio, evitando confusiones con las medidas cautelares preventivas.
Art. 85 disp. att. cod. proc. pen. - Restitución condicionada a prescripciones - Bien sometido a embargo probatorio - Finalidad de las prescripciones - Propósito del embargo - Identidad - Supuesto de hecho. Las prescripciones a las que puede condicionarse, ex art. 85 disp. att. cod. proc. pen., la restitución de cosas sometidas a embargo probatorio deben ser funcionales a la naturaleza y al contenido del específico embargo al que se refieren y lógicamente orientadas a realizar sus mismas finalidades. (Supuesto de hecho en materia de embargo probatorio, en el que el Tribunal censuró la orden de aplicación de la medida cautelar real en cuanto las prescripciones impartidas, al evocar el "periculum" actual y concreto derivado del uso del bien, si no se ponía a salvo, respondían a las distintas finalidades del embargo preventivo).
La sentencia en cuestión puso de manifiesto errores en la evaluación del Juez de Instrucción, quien aplicó prescripciones que no reflejaban las finalidades del embargo probatorio. Esto lleva a importantes reflexiones sobre la necesidad de claridad y coherencia en la aplicación de las medidas cautelares, para que no se creen solapamientos entre embargo probatorio y embargo preventivo.
La sentencia n.º 39179 de 2023 representa una importante guía para la correcta aplicación de las disposiciones relativas al embargo probatorio. Subraya la necesidad de una cuidadosa evaluación de las prescripciones impuestas, para que estas sean siempre funcionales a las finalidades del embargo en sí. Los operadores jurídicos deberían tomar ejemplo de esta resolución para garantizar que las medidas cautelares se apliquen de manera equitativa y justa, evitando posibles conflictos entre los distintos tipos de embargo.