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Comentario a la Sentencia n. 19973 de 2023: Explotación y Prostitución | Bufete de Abogados Bianucci

Comentario a la Sentencia n. 19973 de 2023: Explotación y Reclutamiento en la Prostitución

La sentencia n. 19973 del 9 de enero de 2023, depositada el 11 de mayo del mismo año, ofrece una importante reflexión sobre los delitos contra la moralidad pública y las buenas costumbres, en particular en lo que respecta a la prostitución. En este contexto, la Corte de Casación ha aclarado las relaciones entre el delito de reclutamiento de personas con el fin de que ejerzan la prostitución y el de explotación de la prostitución. Estos dos delitos, aunque están conectados, presentan elementos distintivos significativos.

Los Delitos de Reclutamiento y Explotación de la Prostitución

Según la Corte, el delito de reclutamiento de personas para el ejercicio de la prostitución concurre con el de explotación de la prostitución por dos motivos principales:

  • Diversidad del elemento objetivo: En el primer caso, la conducta está preordenada al posterior ejercicio de la prostitución por parte de terceros, mientras que en el segundo caso, la conducta es consecuente a la realización de los actos de meretricio.
  • Diferente ratio incriminadora: El reclutamiento tiene como objetivo combatir la propagación de la prostitución, mientras que la explotación está destinada a sancionar a quien obtiene ganancias de la actividad de meretricio ajena.

La Máxima de la Sentencia

Relaciones con el delito de explotación de la prostitución - Concurso de delitos - Razones. En materia de delitos contra la moralidad pública y las buenas costumbres, el delito de reclutamiento de personas con el fin de que ejerzan la prostitución concurre con el de explotación de la prostitución, tanto por la diversidad del elemento objetivo, siendo la conducta, en un caso, preordenada al posterior ejercicio de la prostitución por parte de terceros y, en el otro, consecuente a la realización de los actos de meretricio, como por la diferente 'ratio incriminadora', persiguiendo la primera figura el fin de combatir la propagación de la prostitución y estando la otra destinada a sancionar a quien conscientemente obtiene ganancias, valorables en términos económicos, del ejercicio ajeno de la mencionada actividad.

Esta máxima, de gran relevancia, ofrece un marco claro de las distinciones entre las dos figuras y subraya la importancia de un enfoque normativo adecuado para combatir el fenómeno de la prostitución y sus implicaciones sociales.

Conclusiones

La sentencia n. 19973 de 2023 representa un paso adelante en la comprensión de los delitos relacionados con la prostitución. La distinción entre reclutamiento y explotación no es solo de naturaleza jurídica, sino que también refleja un intento social de tutelar la dignidad de las personas involucradas. Es esencial que el sistema jurídico continúe evolucionando para abordar los desafíos planteados por la prostitución y sus múltiples facetas, garantizando así una protección adecuada y una intervención eficaz contra las violaciones de los derechos humanos.

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