La sentencia del Tribunal de Casación n.º 24173 del 13 de octubre de 2017 abordó un complejo caso de sustracción internacional de menores, en el que se entrelazaron derechos de custodia y custodia compartida. La decisión puso de manifiesto las dificultades relativas al traslado del menor de su país de residencia habitual y el respeto de los acuerdos de custodia entre los progenitores.
El procedimiento se inició a instancias del Fiscal de la República ante el Tribunal de Menores de Milán, a raíz de la solicitud de repatriación del menor Thomas, trasladado a Italia por la madre B.M. en contra de la voluntad del padre C.E. El Tribunal dictaminó que el traslado del menor a Italia constituía una violación del derecho de custodia del padre, ya que no se había cumplido la carga de notificación prevista en el plan de consentimiento parental.
El Tribunal destacó que el menor, cuya residencia habitual era en EE. UU., había sido sustraído de su entorno social y cultural sin el consentimiento del progenitor.
Al desestimar el recurso de la madre, el Tribunal hizo referencia a varios aspectos fundamentales:
Esta sentencia reitera la importancia del respeto de las convenciones internacionales, como la de La Haya de 1980, en materia de sustracción internacional de menores. El Tribunal afirmó que el interés del menor debe estar siempre en el centro de las decisiones judiciales, y el respeto de los acuerdos de custodia es fundamental para garantizar la estabilidad y la continuidad en la vida del menor.
En conclusión, la sentencia n.º 24173 de 2017 representa un importante precedente para los casos de sustracción internacional de menores, destacando la necesidad de un riguroso respeto de los acuerdos de custodia y de los procedimientos legales. Las consecuencias emocionales y psicológicas para los menores implicados en tales situaciones deben ser siempre consideradas, a fin de evitar situaciones de conflicto que puedan comprometer su bienestar.