La reciente sentencia de la Corte de Casación n. 22136, emitida el 13 de julio de 2022, ofrece una importante ocasión de reflexión en relación con la responsabilidad profesional en el sector sanitario y la correcta liquidación del daño no patrimonial. La Corte ha abordado cuestiones centrales relacionadas con la carga de la prueba y la liquidación del daño, estableciendo principios que podrían influir en futuros litigios en el ámbito médico.
El caso en cuestión involucró a un paciente, P.A., que sufrió daños a raíz de intervenciones de cirugía estética. La Corte de Apelación de Florencia confirmó la responsabilidad de las empresas involucradas, estableciendo que habían violado el deber de información y que debían indemnizar los daños. Sin embargo, la cuestión crucial surgió de la decisión de la Corte sobre la liquidación de las costas legales y la personalización del daño.
La falta de decisión sobre las costas del litigio integra una lesión del derecho constitucional a una tutela jurisdiccional efectiva.
La Corte reiteró que la liquidación del daño no patrimonial debe seguir criterios equitativos y que el juez está obligado a motivar adecuadamente sus decisiones. En particular, se destacó que la falta de pronunciamiento sobre un aspecto de la demanda, como en el caso de las costas legales, constituye un vicio de omisión de pronunciamiento. Este es un principio fundamental en el derecho civil, que garantiza la completud de la tutela jurisdiccional.
Esta sentencia representa una importante afirmación de los derechos de los pacientes y una guía para los profesionales legales en el tratamiento de casos de responsabilidad médica. El énfasis en la necesidad de una motivación clara y en la importancia de respetar las normas procedimentales es un recordatorio significativo para todos los operadores jurídicos. La Corte de Casación, con esta pronunciamiento, no solo aclara el marco normativo, sino que también ofrece reflexiones útiles para la formación y actualización profesional de los abogados.