La Corte de Casación, con la sentencia n.º 17793 de 2025, ha delineado con claridad los límites entre el instituto de la revisión y la revocación de la sentencia por parte del juez de ejecución, en caso de abolición del delito. Descubra por qué la revocación es el único remedio para garantizar la aplicación del principio de retroactividad de la ley penal más favorable, evitando errores procesales y asegurando justicia.