La separación conyugal es un momento complejo, no solo desde el punto de vista emocional, sino también legal y financiero. Entre las numerosas cuestiones que surgen, una de las más relevantes se refiere a las obligaciones económicas entre los cónyuges, en particular las relacionadas con el pago de las cuotas del préstamo.
En el contexto de una separación, puede suceder que uno de los cónyuges continúe pagando las cuotas del préstamo para el inmueble compartido, incluso si el otro cónyuge, considerado más débil, se beneficia de la vivienda. En estos casos, surge la pregunta: ¿son deducibles estos pagos del ingreso del cónyuge que paga?
La respuesta es afirmativa, pero con algunas condiciones precisas. Las cuotas del préstamo pagadas por un cónyuge pueden deducirse del ingreso imponible si son determinantes para el mantenimiento del otro cónyuge. Esto significa que deben considerarse parte integral de la obligación de manutención establecida por el juez.
"La deducibilidad es posible solo si las cuotas del préstamo están expresamente vinculadas a la obligación de manutención."
Estas condiciones son esenciales para evitar problemas con la Agencia Tributaria y asegurarse de que todos los beneficios fiscales se apliquen correctamente.
Enfrentar la complejidad de las cuestiones legales y fiscales durante una separación es una tarea que requiere competencia y atención a los detalles. Si te encuentras en esta situación y deseas obtener aclaraciones sobre la deducibilidad de las cuotas del préstamo o sobre otras cuestiones legales relacionadas, te invitamos a contactar con el Estudio Jurídico Bianucci. Nuestro equipo de expertos está listo para ofrecerte la asistencia que necesitas para navegar estas aguas complejas con tranquilidad y seguridad.