Comentario a la decisión de la Corte de Casación que anuló sin reenvío una orden del Tribunal de Revisión de Palermo: enfoque en nulidad "a régimen intermedio", art. 178 y 309 c.p.p., y papel del ministerio público en la fase cautelar.
La Casación aclara los límites del art. 316-ter c.p., delineando la responsabilidad penal por la omisión de comunicación de condiciones obstativas para la obtención de beneficios de seguridad social. Un análisis para empresas y profesionales sobre las insidias de la percepción indebida de fondos públicos y las consecuencias legales.