El artículo 609 bis del Código Penal italiano define el delito de violencia sexual como un acto que, a través de violencia o amenaza, obliga a alguien a realizar o sufrir actos sexuales. Pero, ¿qué sucede si hablamos de un simple beso en la boca? Según la Corte de Cassación, incluso un beso no consensuado puede constituir el delito de violencia sexual.
La Corte de Cassación ha confirmado recientemente que un beso en la boca, si se impone con violencia o sin el consentimiento de la persona, puede considerarse un acto de violencia sexual. Esta interpretación amplía la protección de la persona, reconociendo el derecho a decidir sobre actos que involucran su intimidad, incluso cuando parecen de menor entidad.
"Cualquier acto que lesione la libertad sexual de una persona, incluso si aparentemente es inofensivo, puede configurar un delito."
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