La prescripción del delito de estafa es un tema de gran relevancia para cualquiera que esté involucrado en procedimientos penales relacionados con este tipo de ilícito. Comprender cómo funciona la prescripción puede marcar la diferencia en la gestión de tu caso.
El delito de estafa, regulado por el artículo 640 del Código Penal, se configura cuando alguien, con artificios o engaños, induce a otro a error procurándose un beneficio injusto en perjuicio ajeno. Esta definición subraya la importancia del engaño como elemento central del delito.
La prescripción es el periodo de tiempo dentro del cual un delito puede ser perseguido. Una vez transcurrido este tiempo, el delito ya no puede ser objeto de procedimiento penal. Los artículos 157 y 158 del Código Penal regulan la prescripción, estableciendo las modalidades de cálculo y las posibles causas de suspensión o interrupción.
El artículo 157 especifica que el término de prescripción para los delitos de estafa es de seis años. Sin embargo, este periodo puede estar sujeto a variaciones en función de circunstancias específicas, como la interrupción de la propia prescripción.
Según el artículo 158, el término de prescripción comienza a contar desde el día en que se consumó el delito. En caso de delitos continuados o permanentes, el término comienza desde el día en que cesó la permanencia o la continuación.
"El conocimiento de los términos de prescripción es fundamental para la protección de los propios derechos legales."
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