En el ámbito legal, distinguir entre pensión alimentaria y pensión de divorcio es fundamental para quienes enfrentan una separación o un divorcio. Aunque ambos son instrumentos de apoyo económico, sus finalidades y criterios de evaluación difieren significativamente.
La pensión alimentaria es un aporte económico dispuesto durante la fase de separación entre cónyuges. Está destinada a garantizar el mantenimiento del mismo nivel de vida disfrutado durante el matrimonio. La evaluación del juez se basa en la comparación entre los ingresos de los cónyuges y las necesidades económicas de la familia, buscando preservar el equilibrio económico preexistente.
La pensión alimentaria tiene como objetivo mantener el mismo estilo de vida.
La pensión de divorcio, por el contrario, se dispone al final del proceso de divorcio y no tiene como objetivo la conservación del nivel de vida anterior. Este aporte busca más bien garantizar una forma de solidaridad post-matrimonial, evaluando la capacidad del cónyuge solicitante para alcanzar la autosuficiencia económica. El juez, en este caso, considera diversos factores: la edad, las condiciones de salud, la contribución del cónyuge solicitante a la vida familiar y la duración del matrimonio.
La pensión de divorcio está orientada a la autosuficiencia del cónyuge.
Comprender estas diferencias es crucial para enfrentar separaciones y divorcios con conciencia y preparación. Si deseas un apoyo personalizado sobre estos temas, te invitamos a contactar al Estudio Legal Bianucci. Nuestro equipo de expertos está a tu disposición para ofrecerte asistencia legal a medida.