El acoso condominial representa una forma de molestia persistente e invasiva que afecta a los habitantes de un condominio. Se produce cuando un individuo amenaza o molesta constantemente a los vecinos, creando un ambiente de miedo y tensión. Este comportamiento, además de ser moralmente reprobable, puede configurarse como un delito perseguible legalmente.
En el ámbito jurídico, el acoso condominial puede encajar en la figura del delito de acoso prevista en el art. 612-bis del Código Penal. La norma castiga a quien, con conductas reiteradas, amenace o moleste a alguien, causándole un estado de ansiedad o miedo duradero y grave. Cuando estas acciones están dirigidas a varias personas dentro del mismo condominio, el delito puede adquirir una connotación colectiva, agravando la situación.
Algunas señales comunes de acoso condominial incluyen:
"El condominio debería ser un refugio de tranquilidad, no un campo de batalla."
Si eres víctima de acoso condominial, es fundamental recopilar pruebas de las molestias, como grabaciones de audio, video o testimonios escritos de otros condominios. Esta documentación puede ser decisiva en el procedimiento legal. Además, es esencial contactar a las autoridades y denunciar el comportamiento molesto para iniciar una acción legal apropiada.
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