El fin de un matrimonio o de una convivencia siempre representa un momento delicado, a menudo caracterizado por tensiones emocionales que pueden desembocar en comportamientos lesivos. Cuando el conflicto trasciende la esfera privada y se transforma en una sistemática denigración del otro, especialmente si este ataque afecta a la esfera laboral y social, ya no nos encontramos ante simples dinámicas de pareja, sino ante verdaderas conductas ilícitas. Como abogado penalista en Milán, el Abog. Marco Bianucci asiste frecuentemente a profesionales y ciudadanos que ven su imagen pública comprometida por las acciones vengativas de una expareja.
La lesión de la reputación, en una época dominada por la comunicación digital, puede tener consecuencias devastadoras e inmediatas. No se trata solo de tutelar el orgullo herido, sino de proteger la propia credibilidad profesional y las relaciones sociales de acusaciones infundadas o insinuaciones maliciosas. Comprender la gravedad legal de estas acciones es el primer paso para defenderse eficazmente y restaurar la propia dignidad.
En nuestro ordenamiento jurídico, la libertad de expresión y el derecho a la crítica, incluso severa, encuentran un límite insuperable en el respeto a la dignidad ajena. El artículo 595 del Código Penal sanciona a quien, comunicándose con varias personas, ofenda la reputación ajena. En el contexto de una separación o un divorcio, este delito se configura a menudo cuando un cónyuge difunde noticias falsas o comentarios denigratorios sobre el otro ante amigos comunes, parientes, colegas de trabajo o, aún más gravemente, en las redes sociales.
Es fundamental distinguir entre el simple desahogo, que aunque desagradable podría no tener relevancia penal, y la conducta difamatoria propiamente dicha. La jurisprudencia es clara al considerar que la animosidad derivada del fin de una relación nunca justifica la agresión a la esfera moral de la expareja. Además, si la ofensa consiste en la atribución de un hecho determinado (por ejemplo, acusar falsamente al excónyuge de haber cometido un delito o de una conducta inmoral específica), la pena se agrava. La tutela se extiende también a la indemnización por daños y perjuicios, tanto patrimoniales como morales, derivados de la lesión de la imagen.
El Abog. Marco Bianucci, abogado experto en derecho penal en Milán, aborda los casos de difamación matrimonial con una estrategia rigurosa y orientada a la rápida cesación de la conducta lesiva. El objetivo primordial no es exacerbar el conflicto, sino poner un freno inmediato a las acciones que dañan al cliente y obtener la justa reparación por los daños sufridos. La estrategia defensiva comienza con un análisis exhaustivo de las pruebas: mensajes, publicaciones en redes sociales, testimonios de terceros y correos electrónicos son elementos que deben ser recopilados y conservados con precisión forense para tener valor en juicio.
La intervención del despacho se articula habitualmente en dos fases. Inicialmente, se evalúa el envío de un requerimiento formal, a menudo eficaz para hacer comprender a la contraparte la seriedad de las consecuencias legales de sus acciones. Si la conducta difamatoria persiste o el daño ya es grave, el Abog. Marco Bianucci procede con la redacción y el depósito de la denuncia, constituyéndose posteriormente como parte civil en el proceso penal para solicitar la indemnización por daños y perjuicios. El profundo conocimiento de las dinámicas procesales del Tribunal de Milán permite al despacho calibrar la acción legal para maximizar las probabilidades de éxito, tutelando al mismo tiempo la privacidad del cliente en un momento tan expuesto.
La difamación a través de redes sociales se considera una forma agravada de difamación (art. 595, párrafo 3 c.p.) debido a la potencial difusión incontrolada del mensaje ofensivo. Si tu excónyuge publica mensajes ofensivos o comentarios denigratorios visibles para varias personas, comete un delito punible con prisión o multa, además de la indemnización por daños y perjuicios. Es esencial guardar inmediatamente las pruebas (capturas de pantalla, URL) antes de que sean eliminadas.
El plazo para presentar denuncia por el delito de difamación es de tres meses a partir del día en que se tuvo conocimiento del hecho que constituye delito. Es fundamental actuar con prontitud tan pronto como se tenga conocimiento de las ofensas. Transcurrido este plazo, ya no será posible proceder penalmente, aunque podría quedar la posibilidad de una acción civil para la indemnización por daños y perjuicios dentro de los cinco años.
Absolutamente sí. Además del daño moral (el sufrimiento interior y la lesión de la dignidad), es posible solicitar la indemnización por daño patrimonial. Si logras demostrar un nexo causal entre la conducta difamatoria del excónyuge y la pérdida de oportunidades laborales, clientes o beneficios, el Abog. Marco Bianucci podrá cuantificar dicha pérdida y solicitar su reparación integral en sede de constitución de parte civil.
Para sustentar una acusación de difamación se necesitan pruebas concretas que demuestren la ofensa, su comunicación a varias personas y la identificabilidad de la víctima. Son útiles testimonios de personas que han escuchado las ofensas, capturas de pantalla de mensajes en chats de grupo, correos electrónicos enviados a terceros o grabaciones de conversaciones (siempre que sean legítimas). Una recopilación documental precisa es la base de toda estrategia defensiva eficaz.
Si tu reputación está bajo ataque y consideras que las acciones de tu excónyuge están sobrepasando el límite de la legalidad, es importante intervenir antes de que el daño sea irreparable. Contacta al Abog. Marco Bianucci en el despacho de via Alberto da Giussano, 26 en Milán para analizar tu situación. Juntos evaluaremos los elementos para una tutela penal y civil, definiendo la estrategia más adecuada para proteger tu imagen y tu futuro profesional.